El viernes 24 de octubre a las 8 de la mañana comenzará la veda electoral en todo el país. Desde ese momento quedarán prohibidos los actos de campaña, la difusión de encuestas y la venta de bebidas alcohólicas. Las elecciones generales se realizarán el domingo 26 y el escrutinio definitivo comenzará el martes 28.

Con la cuenta regresiva en marcha para las elecciones generales del domingo 26 de octubre, la Cámara Nacional Electoral recordó las principales fechas y restricciones que rigen en los días previos a los comicios. La veda electoral, período de reflexión previo a la votación, comenzará el viernes 24 a las 8:00 de la mañana y se extenderá hasta tres horas después del cierre de los comicios.

Durante la veda estará prohibido realizar actos públicos de proselitismo, difundir encuestas o sondeos de opinión, y vender bebidas alcohólicas. También se restringe la apertura de locales partidarios y la distribución de material propagandístico, así como cualquier actividad que pueda influir en la decisión del electorado.

El domingo 26, las mesas de votación abrirán a las 8:00 y cerrarán a las 18:00. Hasta las 21:00 —tres horas después del cierre— no se podrán difundir encuestas ni proyecciones sobre los resultados. Dos días más tarde, el martes 28 a las 18:00, comenzará el escrutinio definitivo, a cargo de la Justicia Nacional Electoral, con las actas originales de cada mesa. Ese mismo día vencerá el plazo para que los partidos presenten reclamos o impugnaciones sobre el desarrollo de la jornada electoral.

Tras los comicios, el 25 de diciembre vencerá el plazo de 60 días para justificar la no emisión del voto, y el 19 de febrero finalizará el período de 90 días para que los partidos políticos presenten sus informes finales de campaña, detallando los gastos e ingresos utilizados durante el proceso electoral.

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