La Justicia determinó que la empresa obtuvo una ventaja competitiva mediante el uso indebido de datos personales. ADEPA celebró la sentencia como un precedente clave para el sector.


La Justicia española condenó a Meta a abonar 479 millones de euros a un conjunto de 87 editoras de prensa digital y agencias de noticias agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI). El Juzgado Mercantil Nº 15 de Madrid determinó que la compañía logró una posición publicitaria privilegiada gracias al uso de información personal obtenida a través de Facebook e Instagram en violación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

El fallo estableció además indemnizaciones específicas: 2.570.000 euros para el Grupo Europa Press y 13.563 euros para Radio Blanca. Según la resolución, cuando entró en vigencia el RGPD, Meta reemplazó el consentimiento explícito del usuario por la supuesta “necesidad de ejecutar un contrato”, con el fin de justificar el tratamiento de datos personales. Para el tribunal, no fue legal utilizar esa información para realizar publicidad comportamental.

ADEPA celebró la decisión y destacó que constituye un antecedente fundamental. La entidad señaló que el modelo publicitario de Meta, basado durante años en el uso ilícito de datos personales, generó un perjuicio económico directo a los medios que sí debían cumplir estrictamente con la normativa europea. Agregó que el fallo confirma que la pérdida de ingresos del sector no respondió solo a dinámicas de mercado, sino también a una ventaja competitiva indebida por parte de la plataforma.

INFORMATE